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El libro de Roger Bonnard constituye un resumen
extraordinariamente bien hecho y con referencia a toda la bibliografía, de las
tesis jurídicas del Nacional Socialismo.
Los amigos y los contradictores tenían, a la vez, en el
libro, una preciosa base de estudio y de crítica, ahorrando el esfuerzo de
acudir a las fuentes originales.
Como fiel representante de la ciencia francesa, su forma de
escritura es esquemática, la cual equivale a afirmar su claridad. Las
cuestiones se ofrecen destacadamente. Los análisis son cortantes, aplomados.
Las conclusiones resultan concatenadas con el desarrollo del tema, y aparecen
tan claras, que uno presiente que no pueden ser otras.
El extraordinario libro del Profesor Bonnard. Contiene, ante
todo, una bibliografía extraordinaria, de tal suerte, que puede asegurarse que
en las citas de libros del de este autor, está agotada la materia.
Probablemente no queda nada por aludir, que tenga alguna consideración y valor.
El libro pretende, en todo momento, a dar a conocer lo que
la doctrina nacionalsocialista es exactamente y, sobre todo, de qué manera
entienden e interpretan la misma, los pensadores del nacionalsocialismo.
Prescíndese en la obra, de determinadas impugnaciones formuladas por los
adversarios del nacionalsocialismo, por creer que la intención de sus
expositores es secreta.
El nacional socialismo ha aportado ideas tan nuevas y tan
originales que a menudo se presentan dificultades, sobre todo en cuanto hace a
los extranjeros, para comprender el sentido y el alcance de aquéllas.
El autor se ha limitado, deliberadamente, a un punto de
vista propiamente teórico. Únicamente se ha propuesto exponer las profundas
transformaciones dogmáticas que el nacional socialismo ha pretendido introducir
en la teoría alemana del derecho y del Estado.
El nacional socialismo no se ha limitado a modificar la
estructura y funcionamiento de los organismos políticos y administrativos del
Reich. Ha querido renovar por completo y a fondo, la dogmática jurídica; por
ello ha extendido dicha renovación hasta los principios esenciales de la
ciencia del Derecho público.
INTRODUCCIÓN
El objeto de la presente obra no es el de presentar una
descripción completa y sistemática del régimen político y administrativo
establecido por el nacional‑socialismo en el Reich alemán. El autor se ha limitado, deliberadamente, a un punto de
vista propiamente teórico. Únicamente se ha propuesto exponer las profundas
transformaciones dogmáticas que el nacional‑socialismo ha pretendido
introducir en la teoría alemana del derecho y del
Estado.
Son interesantes dichas transformaciones, por la importancia
y radicalismo de las mismas. El nacional‑socialismo no se ha limitado a
modificar la estructura y funcionamiento de los organismos políticos y administrativos del Reich. Ha querido renovar por
completo y a fondo, la dogmática jurídica; por ello ha extendido dicha renovación hasta los
principios esenciales de la ciencia del Derecho público.
El nacional‑socialismo alemán no ha seguido, en ello, el ejemplo del fascismo italiano.
Parece, no obstante, que siendo ambos regímenes
políticos, autoritarios, de estructura y de
fines sensiblemente análogos, y habiéndose hallado a su advenimiento, en
presencia de igual teoría del derecho y del Estado, debían haber reaccionado de
igual forma, toda vez que la doctrina italiana anterior al fascismo había
adoptado totalmente las tesis del derecho y del Estado que reinaban entonces en
Alemania y que han subsistido hasta el advenimiento del nacional‑socialismo.
La similitud de características debía
haber provocado, por ambas partes, según parece,
igual actitud. Pero no ha sido así. El
nacional‑socialismo se ha apartado del camino que el fascismo
había seguido. Al llegar al poder, el
fascismo, viendo netamente admitida en Italia la teoría
alemana del derecho y del Estado, no creyó
preciso descartarla. Los doctrinales fascistas entendieron que su régimen
autoritario podría acomodarse a aquélla e instalarse en sus planes, sin deber
transformarla. La teoría pareció ser de suficiente potencia universal para
convenir igualmente a regímenes políticos muy distintos.
En Alemania, por el contrario, consideróse inmediatamente
que el régimen nacionalsocialista no podía de ninguna manera acomodarse al
pensamiento del derecho y del Estado reinante en el momento de su advenimiento.
Estimóse que la teoría, habiendo sido elaborada por un régimen político
completamente distinto, no podía convenir al nacional‑socialismo,
y que, por consiguiente, debía renovarse
absolutamente la dogmática del derecho y del Estado.
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